martes, 13 de enero de 2015

MODIFICACIONES RETENCIONES 1 ENERO 2015



Siendo estos los principales, entrando en vigor el 1 de enero de 2015:

-          Retención en el arrendamiento de bienes inmuebles:  20%

-          Retención a profesionales:

o   con carácter general al 19%

o   profesionales de nuevo inicio y en los dos posteriores al 9%

o   Si lo rendimientos por actividades económicas no superan los 15.000 en el ejercicio anterior y además la suma de estos rendimientos junto con los rendimientos del trabajo, hacen que los primeros sean más del 75% del total, la retención es del 15%.

-        Tipo de IVA aplicable a las flores vivas de carácter ornamental: disminuye del 21% al 10%.

-      Con carácter general tributarán  al 21% los equipos médicos, aparatos, productos sanitarios y demás instrumental, de uso médico y hospitalario. Tributando únicamente al 10% cuando por sus características objetivas, estén diseñados para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.


De igual modo recordar, que con la entrada en vigor del modelo 303 para su presentación inminente no será necesario presentar el modelo 390 para los casos en los que los sujetos pasivos estén en régimen simplificado y/o para los que sólo realicen operaciones de arrendamiento de naturaleza urbana. Quedando estos  exonerados de la presentación del modelo 390 si cumplimentan de forma óptima el modelo 303 en los apartados que correspondan.

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