lunes, 24 de noviembre de 2014

SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE CONCEPTOS QUE SE DEBEN RETRIBUIR EN VACACIONES

Recientemente, la Audiencia Nacional dicta dos sentencias que obligan a pagar a los empleados en período de vacaciones, además de los conceptos variables (bonos, comisiones, etc), también los pluses cuya compensación depende de las circunstancias excepcionales en el desarrollo del mismo, (horas extra, nocturnidad, fines de semana y festivos, peligrosidad…) que se adaptan a lo dictado por el Tribunal de Justicia de la UE.


Así la Unión Europea se pronuncia, “todo trabajador durante las vacaciones percibirá por lo menos su remuneración normal o media, calculada en la forma que determine cada país. La exclusión de las comisiones del período de vacaciones puede engendrar un efecto disuasorio del disfrute de las vacaciones, que es precisamente lo que quiere evitar la Directiva”.

La Audiencia Nacional reitera a la UE diciendo que, “el derecho a vacaciones anuales y el derecho a percibir una retribución en concepto de vacaciones constituyen dos vertientes de un único derecho, en tanto en cuanto la obligación de retribuir las vacaciones tiene como objetivo colocar al trabajador, durante las citadas vacaciones, en una situación que, desde el punto de vista del salario, sea comparable a los períodos de trabajo”.

Tendremos que ir viendo la línea jurisprudencial que van a seguir tanto el Tribunal Supremo como las instancias inferiores y ver si se van adaptando a esta sentencia y como se pronuncian.

Fuente: Expansión.

RAQUEL MIRALLES RIVAS

http://australconsulting.es/prensa/

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